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La importancia del protocolo y el llenado correcto de una cadena de custodia en México.

La importancia del protocolo y el llenado correcto de una cadena de custodia en México.

Conforme al artículo 227 del Código Nacional “la cadena de custodia es el sistema de control y registro que se aplica al indicio, evidencia, objeto, instrumento o producto del hecho delictivo, desde su localización, descubrimiento o aportación, en el lugar de los hechos o del hallazgo, hasta que la autoridad competente ordene su conclusión”. Esta definición y muchos conceptos que se han utilizado hasta hoy, por ejemplo, en el Decreto Federal de cadena de custodia hacen parecer que la cadena de custodia deba ser un documento. Hoy se habla de Acta de Cadena de Custodia.

Es importante cuando durante el procedimiento de cadena de custodia los indicios, huellas o vestigios del hecho delictivo, así como los instrumentos, objetos o productos del delito se alteren, no perderán su valor probatorio, a menos que la autoridad competente verifique que han sido modificados de tal forma que hayan perdido su eficacia para acreditar el hecho o circunstancia de que se trate. Los indicios, huellas o vestigios del hecho delictivo, así como los instrumentos, objetos o productos del delito deberán concatenarse con otros medios probatorios para tal fin.

¿Qué artículo habla de la cadena de custodia?

En el contexto mexicano, la cadena de custodia se regula principalmente en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP). Los artículos que establecen los lineamientos y responsabilidades relacionados con la cadena de custodia son el 227, 228, 229, y 230 del CNPP. 

El artículo 227 del CNPP define la cadena de custodia como el sistema de control y registro que se aplica a los indicios, evidencias, objetos, instrumentos o productos del delito, desde su localización hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. 

El artículo 228 establece las responsabilidades de quienes intervienen en la cadena de custodia, incluyendo a la policía, peritos y agentes del Ministerio Público. 

Los artículos 229 y 230 se refieren al aseguramiento de bienes, instrumentos, objetos o productos del delito, así como a las reglas para el aseguramiento de estos. 

La cadena de custodia es el conjunto de procesos que se dan desde que la policía interviene las pruebas de un delito. Hasta que se analizan o exponen en la fase de instrucción o en el juicio.


https://www.criminalistasforenses.org.mx/docs/cadena-de-custodia_guia-nacional.pdf

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